Constitución de sociedad limitada
- mireia090189
- 5 sept 2019
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 2 jun 2020
En este artĆculo te explicaremos de forma muy sencilla y Ćŗtil como constituir una sociedad Limitada.
Si has llegado hasta aquĆ es porque tienes claro que la estructura societaria en la que quieres constituir serĆ” la de Sociedad limitada (SL). Se trata de una de las formas jurĆdicas mĆ”s utilizadas en EspaƱa junto a la figura del autónomo, ya que se trata de una estructura Ć”gil y económica de constituir.

Si estÔs pensando en crear una Sociedad Limitada, sigue los pasos que te enumeramos a continuación:
1. Solicitar el nombre de la sociedad
DeberÔs solicitar el nombre que has elegido para tu futura empresa en el Registro Mercantil Central. Con ello, obtendrÔs el Certificado negativo de denominación social. Es decir, el certificado que acredita que el nombre escogido no coincide ni es similar al de otra Sociedad y que estÔ disponible.
Para obtener dicho certificado tendrƔs que proponer cinco posibles nombres y pagar las correspondientes tasas en el Registro Mercantil Central.
La solicitud puede realizarse por vĆa telemĆ”tica y la respuesta del Registro Mercantil Central puede tardar de 24 a 72h, momento en el cual el nombre quedarĆ” reservado durante 6 meses, si bien tendrĆ” una vigencia de 3 meses para utilizarse para formalizar la escritura de constitución ante notario, prorrogables a 3 meses mĆ”s.
2. Abrir una cuenta bancaria de la sociedad
Una vez obtenido el Certificado de denominación del Registro Mercantil Central, podrĆ”s dirigirte a la entidad bancaria que hayas escogido para realizar la apertura de la cuenta bancaria y depositar el capital social mĆnimo de 3.000ā¬, si se constituye con aportación dineraria.
No obstante, la Ley de Sociedades de Capital establece que también puede constituirse mediante aportaciones no dinerarias. Es decir, bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica.
Si has decidido constituir mediante aportación de bienes, deberÔs indicar que bien se aporta asà como la valoración del mismo.
3. Redactar los Estatutos Sociales
Se trata de las normas internas que rigen el funcionamiento de la sociedad y se anexan a la escritura pĆŗblica.
Los estatutos sociales tienen que contener una serie de apartados mĆnimos como son: denominación social, duración, domicilio, objeto social, entre otros.
Como se trata de un documento muy relevante, es importante que estĆ©n bien redactados, y que no sólo contemplen el contenido mĆnimo legal, sino tambiĆ©n se detallen otras normas que regulen la sociedad y que sean Ćŗtiles para organizar su funcionamiento.
4. Escritura PĆŗblica de la Sociedad
Una vez llegado a este punto, deberÔs fijar una cita con la Notaria escogida para realizar el otorgamiento y firma de la escritura pública de constitución de la sociedad, y aportarÔs la documentación que has obtenido hasta ahora:
- Certificado Negativo de Denominación social del Registro Mercantil Central
- Certificado bancario de aportación de Capital social o inventario de bienes
- Estatutos sociales
5. Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Posteriormente y en un plazo de 30 dĆas a contar des del otorgamiento de la escritura, deberĆ”s presentar y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos JurĆdicos Documentales en su modalidad de Operaciones Societarias (Modelo 600).
Dicho impuesto estÔ exento en la operación de constitución de sociedades.
6. Alta en DUE: Alta en Hacienda y Seguridad Social
En Issei asesorĆa estamos habilitados como Punto de Atención al Emprendedor (Punto PAE) para realizar telemĆ”ticamente la constitución de sociedades mediante el sistema CIRCE, lo que nos permite realizar de forma simultĆ”nea la solicitud del NIF provisional y definitivo, el alta de actividad en Hacienda y Seguridad social mediante el Documento Ćnico Electrónico (DUE).
Si este paso no se hace a travƩs de un punto PAE, el proceso es mƔs largo y costoso, ya que implica dirigirse a varios organismos y realizar mƔs trƔmites.
”El Punto PAE ahorra tiempo y costes para la sociedad!
7. Inscripción en el Registro mercantil
Este paso sólo deberÔ hacerse de forma separada si no se ha constituido a través del DUE.
La inscripción al Registro Mercantil debe formalizarse en los dos meses siguientes a la firma de la escritura pública de constitución, ante el Registro Mercantil de la provincia del domicilio social de la empresa.
8. Obtención NIF definitivo
Una vez la sociedad ya esté inscrita en el Registro Mercantil, podrÔs completar el último paso: solicitar la Tarjeta de Identificación Fiscal definitiva mediante el Modelo 036 en Hacienda.
Como verÔs, se trata de un proceso no muy complejo pero requiere de precisión y
varios trƔmites en diferentes organismos.
ĀæTe ayudamos? Si quieres que te acompaƱemos en todo el proceso, no dudes en ponerte en contacto con Issei asesorĆa y estaremos encantadas de ayudarte a iniciar tu proyecto empresarial.

